Cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita

Sep 11, 2023 | Temas Legales

Leyes nuevas e importantes de La Florida, con relación a la custodia y visita o, tiempo compartido

El día 1ro de Julio, 2023, el gobernador de la Florida, Ron DeSantis, firmó una serie de leyes nuevas que han tenido un impacto sustancial en cuanto a cómo se ventilan en las cortes de la Florida los casos de custodia y visita de menores (que hoy en día, la palabra correcta es en inglés “timesharing” o en español: “compartir tiempo”).

Existe en la Florida un estatuto, el número 61.13, que contiene subsecciones hablando de la ley a seguir, en casos con menores de edad donde se está ventilando el tiempo a compartir entre los dos padres (anteriormente se llamaba: “custodia” y “visita”).

Modificaciones sobre la Custodia y Visita

Antes del 1ro de Julio, 2023, existían una serie de factores para que un tribunal pudiese determinar si la madre, por ejemplo, debía de proveérsele por orden judicial más tiempo con el menor de edad que el padre. El tribunal entonces, tenía que escuchar evidencias para determinar si el mejor interés del menor se encontraba residiendo más tiempo con la madre (por ejemplo) que con el padre.

El cambio nuevo al estatuto contiene un párrafo muy importante en su subsección 61.13(2)(c)1 sobre la custodia y visita. Lo siguiente es una traducción al español, con el cambio nuevo en letras negras oscuras:

 “Es la norma pública de este estado que cada hijo menor tenga contacto frecuente y continuo con ambos padres, después que los padres se separen o el matrimonio de las partes se disuelve y para animar a los padres a compartir los derechos, responsabilidades, y alegrías, de crianza de niños.

A menos que, de otra manera se provea en esta sección o este acordado por las partes, hay una presunción refutable que el compartir por igual el tiempo con un hijo menor de edad es en los mejores intereses del hijo menor. Para refutar esta presunción, una de las partes debe probar por una preponderancia de la evidencia que el tiempo compartido por igual no es en los mejores intereses del hijo menor.

Excepto, cuando un schedule de tiempo a compartir es acordado por las partes y aprobado por la corte, la corte debe evaluar todos los factores reflejados en la subsección (3) y hacer determinaciones específicas de hecho por escrito, cuando creando o modificando el schedule de compartir tiempo.

Nuestro estimado lector puede ver una copia del estatuto nuevo (que entro en vigencia el 1ro de Julio, 2023) aquí:

http://www.leg.state.fl.us/statutes/index.cfm?App_mode=Display_Statute&Search_String=&URL=0000-0099/0061/Sections/0061.13.html

¿Qué es la presunción refutable?

Antes de explicar lo anterior expuesto, debemos analizar qué quiere decir una “presunción refutable”. La ley de la Florida lo explica en el estatuto 90.302, el cual refleja (en traducción al español), como sigue:

90.302 clasificación de presunciones refutables – Cada presunción refutable es:

  • (1) Una presunción afectando el peso de producir evidencia y requiriendo que el determinador de hecho (el Juez), que asuma la existencia del hecho que se presume, a menos que la evidencia sea creíble y suficiente para sostener una determinación de la no existencia del hecho presumido se introduce; en cual evento, la existencia o no existencia del hecho presumido debe ser determinado de la evidencia sin considerar la presunción; o
  • (2) Una presunción afectando el peso de prueba que se impone sobre la parte contra la cual opera el peso de prueba, en consideración de la no existencia del hecho que se presume.

El estatuto 90.302 se encuentra aquí:

http://www.leg.state.fl.us/statutes/index.cfm?App_mode=Display_Statute&Search_String=&URL=0000-0099/0090/Sections/0090.302.html

Ejemplos para entender el contexto

Si está pensando ¿De qué rayos está hablando el abogado Lopez? Pues aquí va la interpretación de los cambios y ejemplos para ustedes:

Básicamente, la ley nueva de Julio 1ro, 2023, refleja que ambos, el padre y la madre, por ley, después de separados y/o divorciados; deben tener una custodia como antes se decía en la calle de “50/50” o una custodia compartida. O, se presume que debe ser de esa manera.

Es decir, por ejemplo, el padre tener al menor una semana y la madre la otra, y alternar de esa forma, o dos semanas del mes el padre y dos la madre, etc.

Entonces, la ley nueva (digámosle la ley nueva, aunque ya pasa tiempo del 1ro de Julio, 2023 en adelante) también dice, básicamente, que el padre o la madre que no esté de acuerdo con la presunción de una “custodia compartida” digámosle, de 50/50 de tiempo, tiene el peso legal de probarle al tribunal por qué motivos no debería de ser así.

Este peso legal de evidencias sería bastante alto de cumplir. Demos algunos ejemplos por el cual la presunción legal de 50/50 quizás no funcione, como sigue:

El padre vive en California. La madre y el menor viven en la Florida. El menor tiene 12 años y va a la escuela en la Florida. En ese caso, obviamente, seria detrimente para el menor de que el padre tenga 50% del año con el menor, pues vive en California; y, por ende, el chico no debería de ir a una escuela en California por 6 meses del año y 6 meses en otra escuela en la Florida.

Aquí la presunción legal, de que es en el mejor interés del menor de tener 50/50 contacto con ambos padres se pudiese refutar.

Más ejemplos para comprender los cambios en la ley

Otro ejemplo: El padre, la madre y el menor, viven cerca. Sin embargo, el padre está encarcelado y cumpliendo 20 años de sentencia de prisión. En este caso, una presunción de 50/50 no sería en el mejor interés del menor.

Otro ejemplo: El padre, la madre y el menor viven cerca. Sin embargo, el padre tiene un historial reciente y abundante de convicciones (no solamente arrestos) por abuso sexual de menores y/o por violencia doméstica. En este caso, una presunción de 50/50 no sería en el mejor interés del menor.

Quiere decir, seguramente un Juez diría: “debe de ser una custodia de 50/50 (o timesharing) y de otra forma, el que no esté de acuerdo que me lo pruebe en Corte bajo los factores que demuestra el estatuto 61.13”.

La ley ha cambiado también la base legal de modificaciones de planes parentales (custodia y visitas). Hablaremos de eso en otro artículo.

Esperamos que esto sirva de ayuda a nuestros lectores. Si tiene usted un caso de custodia y visita, o compartir el tiempo, con un menor de edad, estamos disponibles para ayudarlo en:

Abogado Alejandro R. Lopez                                                                                                       

Law Office of Alejandro R. Lopez, P.A.                                                                            

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